Suelo Industrial en Huelva.

 

El suelo industrial en Huelva se ha ido desarrollando tradicionalmente en torno a tres ejes:

  • Margen izquierda del río Odiel, desde el Polígono pesquero Norte y Molino de la Vega a Punta del Sebo y Puerto Exterior.
  • Eje Huelva - San Juan del Puerto, apoyado en la carretera N-431, Tráfico Pesado y ramal Suroeste de la Ronda Exterior.
  • A lo largo del tramo N-431 de Huelva a Gibraleón.

Dependiendo de la Clasificación del Suelo que el Plan General de Ordenación Urbana establece, se localizan los siguientes suelos calificados como industrial:

  • USO INDUSTRIAL EN SUELO URBANO.

  • Margen izquierdo del Río Odiel
  • Eje Huelva - San Juan del Puerto
  • Eje Huelva - Gibraleón
  • USO INDUSTRIAL EN SUELO URBANIZABLE PROGRAMADO
  • USO INDUSTRIAL EN SUELO URBANIZABLE NO PROGRAMADO
  • USO INDUSTRIAL EN SUELO URBANO

  • Margen izquierdo del Río Odie!. Polígono gestionados por La Autoridad Portuaria de Huelva, mediante concesiones administrativas.

    • Polígono pesquero Norte.
      Destinado a uso Industrial Básico y Industrial Mixto. Edificabilidad de 6 m3/m2. Ocupación inferior al 70%. No se especifica parcela mínima.
    • Polígono Francisco Montenegro. Las Transversales
      Suelo incluido en el Plan Especial PE-2 "Plan Especial Portuario", calificado como industrial mixto. Destinado a uso Industrial Básico y Industrial Mixto. Edificabilidad de 6 m3/m2.Ocupación inferior al 70%. No se especifica parcela mínima.
    • Polo químico
      Suelo industrial calificado como industrial especializado y es el ocupado por las fábricas que conforman el Polo Químico.
  • Eje Huelva - San Juan del Puerto

    • Polígono Polirrosa
      El volumen resultante de la edificación es de libre composición, siempre que esté incluido entre las alineaciones oficiales.
      Ocupación máxima será la que resulte de 80 % de la parcela.
      Edificación con número máximo de 3 plantas, y nueve metros medidos desde la altura de cada frente, medidos en la acera de cada frente y en su punto medio, hasta el plano inferior del último forjado.
    • Polígono Naviluz
      Subzona 2.16 - Carretera de Sevilla, segundo tramo (arts 361-367 Ordenanzas Urbanísticas del PGOU). Parcela mínima de 200 m 2 con frente de fachada de 10 mts y fondo de parcela de 20 mts.
      Edificabilidad 1,1 m2/m2 a aplicar sobre parcela.
    • Polígono La Paz
      Subzona 2.16 - Carretera de Sevilla, segundo tramo (arts 361-367 Ordenanzas Urbanísticasdel PGOU). Parcelamínimade 200m 2 confrentede fachada de 10 mts y fondo de parcela de 20 mts.
      Edificabilidad 1,1 m2/m2 a aplicar sobre parcela.
    • Polígono La Esperanza
      Plan Parcial Industrial B-1. Se dispondrán las naves adosadas entre medianeras, retranqueando la fachada seis metros aproximadamente (hasta conseguir el 20 % de la superficie de la parcela) de la alineación, dejando este espacio como no edificable.
      La intensidad media de la superficie ocupada por la parcela será de 1,44 m2/m2.
      No se establece parcela mínima en las Ordenanzas del Plan Parcial Industrial B-1.
    • Polígono La Luz
      Plan Parcial Industrial C-2. Parcela mínima, las recogidas en el parcelario del polígono 28del PPI-C2. Altura menor de 8 metros. Edificabilidad 0,96 m2/m2. La superficie edifícada puede ocupar la superficie resultante de la edificabilidad máxima.
    • Polígono Pavipresa
      Subzona 2.16 - Carretera de Sevilla, segundo tramo (arts 361-367 Ordenanzas Urbanísticasdel PGOU).Parcelamínimade 200m 2 confrentede fachada de 10 mts y fondo de parcela de 20 mts.
      Edificabilidad 1,1 m2/m2a aplicar sobre parcela.
    • Polígono San Diego
      Subzona 2.16 - Carretera de Sevilla, segundo tramo (arts 361-367 Ordenanzas Urbanísticas del PGOU). Parcela mínima de 200 m2 con frente de fachada de 10 mts y fondo de parcela de 20 mts.
      Edificabilidad 1,1 m2/m2 a aplicar sobre parcela.
    • Polígono Tartessos
      Subzona 2.15- Carretera de Sevilla, primer tramo (arts 354-360 Ordenanzas Urbanísticasdel PGOU).Parcelamínimade 200m2 confrentede fachada de 10 mts y fondo de parcela de 20 mts.
      Edificabilidad 1,1 m2/m2 a aplicar sobre parcela.
    • Polígono la Alquería
      Suelo urbano calificado como industrial, junto a la Empresa Nacional de Celulosas y en el que se define el ámbito de un Plan Especial de Reforma Interior que se encuentra aún sin redactar. Aprovechamiento tipo 0.401 m2/m2.
    • Polígono Fortiz
      El volumen por parcela neta es de 6 m3¡m2. No se define parcela mínima.
  • Eje Huelva - Gibraleón

    • Polígono Cardeñas
      Subzona 2.14-Carretera de Gibraleón, arts. 347-353 de las Ordenanzas Urbanísticas del PGOU, y modificaciones introducidas en la Modificación Puntual n° 4 del PGOU -en tramitación-, que subdivide en dos unidades de ejecución el polígono industrial. Posee urbanización sin consolidar.
      Parcela mínima de 200 m2 con frente de fachada de 10 mts y fondo de parcela de 20 mts. Edificabilidad 1,1 m2/m2 a aplicar sobre parcela.
      Altura 1 planta.
    • Polígono Peguerillas
      Desarrollado espontáneamente y sin planeamiento de desarrollo. Se han redactado dos estudios de detalle.
    • USO INDUSTRIAL EN SUELO URBANIZABLE PROGRAMADO

      Suelo que se va a incorporar mediante la ejecución de un Plan Parcial en suelo urbano

      • Plan Parcial n05 "Marismas del Polvorín"
        Usos globales asignados residencial e industrial. Aprovechamiento tipo 0.3455 m2. Plan Parcial aprobado definitivamente el 26 de septiembre de 2002. Proyecto de Reparcelación aprobado el 12 de enero de 2004. Se encuentra en obras de urbanización.
        Promotores: Junta de Compensación. Inicio del proceso por BECA INMOBILIARIA.
      • Plan Parcial n06"VentaAlvarez"
        Usos plobales asignados terciario e industrial. Aprovechamiento tipo 0.3455 m2/m2 . Plan Parcial aprobado inicialmente el 9 de septiembre de 2003.
        Promotores: Futura Junta de Compensación. Inicio del proceso por Portalón de la Plata.
      • Plan Parcial "La Alquería", del PAU4.
        Polígono agroalimentario en la Alquería destinado a uso industrial, en desarrollo del suelo urbanizable no programado del PAU-4. Aprovechamiento tipo 0.3455 m2/m2.
        Plan Parcial aprobado definitivamente el12 de abril de 2002.
        Promotores: SEPES y Ayuntamiento de Huelva.
        Estado: Obras de Urbanización.
  • USO INDUSTRIAL EN SUELO URBANIZABLE NO PROGRAMADO
    • Programa de Actuación Urbanística. P.A.U - 3 "San Antonio - Montijo"
      Usos terciario e industrial. La zonificación del Plan General ha sufrido variaciones en la Modificación Puntual n° 8 del PGOU, -aprobada incialmente que amplía al uso residencial.
    • Programa de Actuación Urbanística. P.A.U - 4 "La Alquería"
      Uso industrial a desarrollar mediante el Programa de Actuación Urbanística y posterior Plan Parcial, antes comentado.

      Índice


Ordenanzas Municipales.

La normativa urbanística de aplicación específica para cada una de las unidades de suelo definidas con anterioridad se recoge de la Memoria de Ordenación y Ordenanzas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Huelva -aprobado definitivamente en virtud de Resolución del Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes, de 13 de Octubre de 1.999, y con publicación de la Aprobación definitiva, ordenanzas y normativa de la Revisión del PGMOU en BOP de 20 de diciembre de 1.999-.

Las condiciones generales sobre los edificios industriales se establecen asimismo en los arts. 72 y siguientes de las Ordenanzas Urbanísticas del PGOU. La Modifcación Puntual n° 3 del PGOU -aprobada definitivamente el 28 de julio de 2003 y publicada en BOP n° 233 de 9 de octubre de 2003-matiza el contenido de los mismos.

En cuanto a otro tipo de ordenanzas municipales de aplicación, si bien la Agencia de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Huelva controla la implantación de actividades en los distintos usos permitidos por el planeamiento, deberán tenerse en cuenta como obligatorias las disposiciones siguientes:

  • Ordenanza Municipal para la corrección de la contaminación acústica en la ciudad de Huelva. (BOP 9 julio 2002). Correcciónde Errores. (BOP 28 octubre 2002)
  • Ordenanza Municipal de Actividades. (BOP 16 mayo 2001)
  • Ordenanza Municipal de veladores en vía pública (BOP 18 diciembre 1999).
  • Ordenanza Municipal de Higiene Urbana (BOP 3 marzo 2001)
  • Ordenanza Municipal Reguladora de la tenencia de animales (BOP 24 junio 2000)
  • Ordenanza Municipal Reguladora de la recogida de residuos de la construcción (BOP 31 diciembre de 2001)
  • Ordenanza Municipal de Protección Contraincendios (BOP 18 mayo 1994)
  • Ordenanza Reguladora de la Publicidad en el municipio de Huelva (BOP 15 mayo 1997)
  • Ordenanza Municipal de Telecomunicaciones (BOP 20 abril 2004)

En cualquier caso, el contenido de las normativas sectoriales de rango
superior y su desarrollo en el tiempo, prevalecerá sobre las anteriores.

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